Por medio del cual se adoptan medidas de reactivación económica segura con ocasión de la emergencia sanitaria producida por el SARS-CoV-2 COVID-19 en la ciudad de Bogotá D.C. y se dictan otras disposiciones.
REACTIVACIÓN DE EVENTOS MASIVOS. De conformidad con lo previsto en la Resolución 777 del 2021 del Ministerio de Salud y Protección Social, a partir de la expedición del presente decreto, se podrá realizar en Bogotá D.C. eventos de carácter público o privado, lo que incluye conciertos, eventos masivos deportivos, discotecas y lugares de baile, siempre que se mantenga el distanciamiento físico de mínimo 1 metro se respete un aforo máximo de 50% de la capacidad de la infraestructura en donde se realiza el evento.
MEDIDAS DE BIOSEGURIDAD.
a) Uso obligatorio de tapabocas.
b) Ventilación Obligatoria.
c) Lavado de manos y desinfección.
d) Distanciamiento físico.
e) Medidas de higiene y distanciamiento para el personal, clientes y funcionamiento de los establecimientos y locales que abran al público.

Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Julio 30 de 2021

 

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