Por medio de la cual se modifican los artículos 5 y 6 de la Resolución 300 de 2021 en el sentido de incluir nuevas obligaciones a cargo de las entidades responsables del aseguramiento, las secretarias de salud, el CCNR y los pasajeros.
Aislamiento preventivo de pasajeros procedentes de Leticia cuya prueba de ingreso fue positiva para el virus SARS-CoV-2. Los pasajeros admitidos provenientes de Leticia, cuyo resultado de la prueba fue positiva, deberán adoptar las medidas sanitarias preventivas de aislamiento y cuarentena.
1. Los pasajeros admitidos provenientes de Leticia a través del viaje humanitario cuya prueba de ingreso fue positiva deberán adoptar las medidas sanitarias preventivas de aislamiento y cuarentena de catorce (14) días contados desde la fecha de su ingreso, en el lugar designado por la autoridad sanitaria.
2. Durante el aislamiento deberán acatar las disposiciones de la autoridad sanitaria y no podrán circular por áreas diferentes a la indicada por la autoridad sanitaria, ni para alimentación ni por ningún otro motivo, que no sea una emergencia vital o la necesidad de recibir atención en salud.

Ministerio de Salud y Protección Social 

Marzo 31 de 2021

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