Medidas para disminuir el riesgo de nuevos contagios por covid-20.
A LAS FAMILIAS Y COMUNIDAD EN GENERAL:
– Aquellas familias que han viajado a sitios de altas tasas de contagio durante la semana santa, se recomienda un autoaislamiento preventivo mínimo de 7 días, y si en ese periodo presenta algún tipo de síntoma continuar con el aislamiento obligatorio e informar inmediatamente a su EPS sobre su condición de salud.
– Se invita a la comunidad a practicar un autoaislamiento responsable. Si no es necesario salir de casa, permanezca junto a su familia.
– No salir de casa si se tienen síntomas respiratorios, si ha tenido contacto con un caso sospechoso o confirmado, o si tiene una prueba positiva para COVID-19 de los últimos 14 días
– Evitar visitas a familiares o amigos con quiénes no se conviva, así como comidas familiares en espacios cerrados, especialmente si hay adultos mayores o personas con comorbilidades. Hacer visitas cortas y al aire libre.
– Hacer buen uso del tapabocas que cubra nariz y boca, distanciamiento físico de 2 metros entre persona y persona, lavado de manos frecuente con agua y jabón de o uso de soluciones a base de alcohol para higienización de manos.
– Estar atentos, a la manifestación de síntomas respiratorios entre algunos de los miembros del núcleo familiar con los que viven, de presentarse, la persona se debe aislar de manera inmediata y seguir las recomendaciones dadas por el Ministerio de Salud y Protección Social.
– Aplicar los protocolos de bioseguridad para el uso del transporte privado y público, cuando el núcleo familiar realice desplazamientos fuera y dentro del país.
– Recordar que si un familiar adulto mayor ya recibió la primera dosis de la vacuna, de ninguna manera significa que tenga mayor protección y se relajen las medidas. La probabilidad de contagio existe y debemos seguir protegiéndolos. La mayor protección de la vacuna se consigue cerca de dos semanas después de la segunda dosis.
De igual forma, se recuerda a todos los alcaldes del país que, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 539 de 2020 y el Decreto 206 de 2021, es de su competencia la vigilancia del cumplimiento de los protocolos de bioseguridad y la toma de las medidas sancionatorias por su incumplimiento.
Se hace claridad que cualquier medida debe tener la debida autorización del Ministerio del Interior, a donde de manera previa deberán enviarse los proyectos de decreto en los que se adopten las mismas, en el marco de la pandemia a través del correo electrónico covid19@mininterior.gov.co.
El Gobierno Nacional reitera que continuará trabajando de manera conjunta y oportuna, con los mandatarios locales, para contener la propagación de la pandemia del Coronavirus Covid-19 en todo el territorio colombiano.
El éxito de estas intervenciones requiere de la adherencia de la población y de su autocuidado, así como su compromiso en proteger la vida y la salud de todos.

Ministerio del Interior y Ministerio de Salud y Protección Social

Abril 3 de 2021

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