Se adoptan medidas de reactivación económica segura en la ciudad de Bogotá D.C, con ocasión de la emergencia sanitaria producida por el SARS-CoV-2 COVID-19, en el marco del Ciclo 3 de la Resolución 777 de 2021 . 
CUMPLIMIENTO DE PROTOCOLOS DE BIOSEGURIDAD.
Toda actividad deberá atender en forma estricta el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social para el control de la pandemia del Coronavirus COVID-19. Así mismo, deberá acatarse las instrucciones que para evitar la propagación del Coronavirus COVID-19 impartan las entidades del orden nacional y distrital. Los responsables de los establecimientos de comercio y organizadores de eventos deberán adoptar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento del distanciamiento físico entre grupos de personas o familias, el personal a su cargo deberá en todo momento mantener el uso del tapabocas de manera correcta, así como las demás medidas de bioseguridad definidas.
Se exhorta a toda la ciudadanía a intensificar las medidas de autocuidado (uso adecuado de tapabocas, distanciamiento físico, mantener una adecuada ventilación, lavado de manos, acceder a los puntos de vacunación contra Covid-19), y mantener el aislamiento en caso de presentar síntomas gripales con la utilización de tapabocas incluso dentro del hogar en los casos en los que la exposición al Coronavirus – COVID-19 así lo amerite.
TELETRABAJO Y TRABAJO EN CASA.
Los empleadores de la ciudad de Bogotá D.C., bajo el principio de solidaridad, deberán garantizar el aislamiento preventivo a sus empleados y contratistas durante el periodo de sospecha de contagio por COVID-19, hasta que la persona sea determinada como recuperada según la normatividad vigente del Ministerio de Salud y Protección Social y por lo tanto permitirán la realización de teletrabajo o trabajo en casa.

Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Octubre 10 de 2021

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