Por el cual se establecen disposiciones relacionadas con la prohibición de la importación y la exportación de asbesto en desarrollo de la Ley 1968 de 2019.
Aplica a toda persona natural o jurídica, de naturaleza pública o privada, nacional o extranjera, que realice actividades de importación o exportación de cualquier variedad de asbesto y de los productos con este elaborados, hacia o desde y dentro del territorio nacional. 

Presidencia de la República

Abril 16 de 2021

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