Se modifica El Programa de Apoyo al Empleo Formal – PAEF y el Programa de Apoyo para el pago de la prima de Servicios – PAP.
Beneficiarios del Programa de apoyo al empleo formal – PAEF. Podrán ser beneficiarios del Programa de Apoyo al Empleo Formal – PAEF las personas jurídicas, personas naturales, consorcios, uniones temporales y patrimonios autónomos
Los empleados específicos que serán tenidos en cuenta para el cálculo del aporte estatal deberán corresponder al menos en un 50% con los empleados individualmente considerados que hayan sido reportados en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) correspondiente al periodo de cotización del mes de febrero de 2020 a cargo del empleador que se postula. En cualquier caso, para obtener este beneficio no existe requerimiento alguno de mantenimiento del tamaño de la planta de empleo del respectivo empleador. En ningún caso el número de empleados que se tenga en cuenta para determinar la cuantía del aporte estatal podrá ser superior al número de trabajadores reportados en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) correspondiente al periodo de cotización del mes de febrero de 2020 a cargo de dicho beneficiario.
Se amplía hasta el mes de marzo de 2021 el Programa de Apoyo al Empleo Formal – PAEF

Congreso de Colombia

Octubre 22 de 2020

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