OBLIGACIÓN DE REGISTRO PREVIO. Toda publicidad exterior visual en los vehículos, sus accesorios, y elementos destinados al servicio del sistema de movilidad individual, deberá registrarse ante la Secretaría Distrital de Ambiente o la entidad competente, antes de su instalación o fijación.

Secretaría Distrital de Ambiente

Octubre 20 de 2021

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