SECTOR LABORAL
VIGILANCIA DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES EN EL CONTEXTO DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO SGSST
a) Actualizar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, identificando e implementando las acciones correspondientes para la prevención del riesgo biológico por COVID-19 en el ambiente de trabajo.
b) Asegurar que se cumplan las disposiciones y recomendaciones de las autoridades de salud en relación con la prevención del contagio por COVID-19, previstas en el presente protocolo.
c) Fomentar el autocuidado, especialmente el monitoreo de síntomas respiratorios u otros signos relacionados por parte de los trabajadores.
d) En caso de detectar síntomas avisar a la EPS.
e) Establecer el canal de información entre el empleador, la EPS, la ARL y el trabajador para que informe cualquier sospecha de síntoma o contacto estrecho con personas confirmadas con COVID-19.
f) Ante cualquier síntoma respiratorio se recomienda el uso del tapabocas.
ALTERNATIVAS DE ORGANIZACIÓN LABORAL
a) Adoptar esquemas operativos que permitan disminuir el riesgo de contagio para los trabajadores y demás personas que presten sus servicios en los sectores económicos, sociales y del Estado.
b) Implementar jornadas flexibles o turnos de entrada y sálida a lo largo del día y otras estrategias para evitar aglomeraciones de los trabajadores en el ingreso y salida de los
c) centros de trabajo.
d) Fomentar el uso de medios alternativos de transporte.
e) Coordinar con las Administradoras de Riesgos Laborales – ARL, la implementación de las medidas de bioseguridad y autocuidado.
f) El aislamiento de los empleados que sean sospechosos se hará desde el comienzo de síntomas, o desde que sean identificados como contactos estrechos.
g) El empleador debe notificar a la ARL sobre los casos sospechosos y confirmados identificados en su empresa, así como exhortar a los empleados a hacerlo con su entidad promotora de salud o administrador de los regímenes Especial y de Excepción.
h) Cuando algún trabajador experimente síntomas respiratorios en casa, debe informar al empleador para que realice el aislamiento preventivo en casa. El trabajador debe informar a la entidad promotora de salud o administrador de los regímenes Especial y de Excepción en las líneas de atención que esta disponga para que se apliquen los lineamientos emitidos por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Ministerio de Salud y Protección Social

Abril 29 de 2022

 

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