El Comité de Convivencia Laboral tiene una finalidad preventiva ante los actos de acoso laboral que afecten la salud psicosocial de los trabajadores, el cual tiene dentro de sus funciones adelantar el proceso establecido en la resolución 652 de 2012, cuando se presentan quejas por parte de un trabajador por un presunto acto de acoso laboral, caso en el cual actúa como un mediador entre los compañeros de trabajo, o entre el trabajador y empleador, así como cualquier superior jerárquico, con el fin de llegar a un acuerdo que permita superar la controversia, así como lograr entre las partes compromisos que permitan mejorar la convivencia laboral, lo cual no puede llevarse a cabo ante la presentación de una queja por parte de un extrabajador.

Ministerio de Trabajo

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